Calculadora de Retención del 15% ISR en RD 2026
Desde el 18 de junio de 2026, la retención del 15% de ISR reemplaza la antigua retención del 10% sobre honorarios, comisiones y pagos por servicios profesionales prestados por personas físicas en República Dominicana. Esta calculadora de retención del 15% te dice al instante cuánto deberían retenerte y cuánto te toca cobrar limpio — así verificas si el descuento que te aplicaron está correcto.
Qué Cambió con la Retención del 15% ISR
La Ley 30-26 de reforma fiscal, promulgada el 18 de junio de 2026, modificó el Artículo 309 del Código Tributario dominicano. Antes, cuando facturabas honorarios, comisiones o servicios profesionales como persona física —sin estar en relación de dependencia—, tu cliente te retenía el 10% del monto. Desde esa fecha, la retención subió al 15%.
En la práctica, si facturas RD$50,000 por un servicio, antes recibías RD$45,000 netos; ahora recibes RD$42,500. La diferencia no desaparece: se acumula como crédito a tu favor en tu declaración anual de ISR.
Esta retención aplica como "pago a cuenta" — es un anticipo de tu impuesto anual, no un cobro adicional. Si al final del año tu ISR real es menor a lo retenido, tienes derecho a reembolso o crédito ante la DGII.
Cómo se Calcula la Retención del 15%
El cálculo es directo: se aplica el porcentaje sobre el monto bruto facturado, sin restar gastos ni otros conceptos.
| Monto facturado | Retención (15%) | Neto a cobrar |
|---|---|---|
| RD$20,000 | RD$3,000 | RD$17,000 |
| RD$50,000 | RD$7,500 | RD$42,500 |
| RD$90,000 | RD$13,500 | RD$76,500 |
| RD$150,000 | RD$22,500 | RD$127,500 |
A Quién le Aplica esta Retención
- A personas físicas (no empresas) que facturan honorarios, comisiones o servicios profesionales.
- Cuando el servicio se presta sin relación de dependencia — es decir, no eres empleado de quien te paga.
- Aplica a consultores, abogados, contables, diseñadores, desarrolladores, corredores, tasadores y profesionales independientes en general.
- Quien paga (tu cliente) es el responsable de retener el 15% y depositarlo en la DGII dentro de los primeros diez días del mes siguiente.
Preguntas Frecuentes sobre la Retención del 15%
¿Desde cuándo aplica la retención del 15%?
Desde el 18 de junio de 2026, fecha de promulgación de la Ley 30-26. Los pagos anteriores a esa fecha se rigen por la tarifa anterior del 10%.
¿La retención del 15% es mi impuesto final?
No. Es un pago a cuenta: un anticipo que se acredita contra tu Impuesto Sobre la Renta anual. Si al declarar tu ISR real es menor, puedes solicitar el excedente como crédito o reembolso ante la DGII.
¿Aplica solo a facturas grandes o a cualquier monto?
Aplica sobre el monto total facturado por el servicio, sin un mínimo exento en la retención misma. El monto que finalmente pagarás de ISR depende de tu declaración anual completa.
¿Quién debe retener el 15%, yo o mi cliente?
Tu cliente (la persona o empresa que te paga) es el agente de retención. Debe descontar el 15% al pagarte y depositarlo directamente en la DGII.
¿Qué pasa si mi cliente no me retuvo el 15% correcto?
Usa esta calculadora para verificar el monto correcto. Si hay una diferencia, coméntalo con quien te pagó — el agente de retención es responsable ante la DGII de declarar y enterar el monto exacto.
